El Tribunal de Distrito de Nagoya determinó este martes que la prohibición del matrimonio igualitario por parte del Gobierno incumple uno de los artículos de la Constitución, la cual exige que las leyes sean iguales para todos.
El fallo del tribunal es resultado de una demanda presentada por una pareja de 30 años, quienes solicitaron una indemnización de 1 millón de yenes, aproximadamente unos 5 millones de pesos chilenos. Si bien se declaró inconstitucional la prohibición, fue desestimada la solicitud de una compensación por daños y perjuicios.
Esta es la segunda vez que un tribunal se pronuncia por la constitucionalidad del matrimonio igualitario. Se han presentado cinco demandas similares en Sapporo, Osaka, Tokio y Fukuoka.
El año pasado, el distrito de Nagoya comenzó con un sistema de registro de parejas homosexuales en los más de 200 gobiernos locales. En algunas partes del país existe un “certificado de asociación” que concede algunos derechos a las parejas del mismo sexo.
Por su parte, las autoridades del país señalaron que la Carta Magna “no avala el derecho al matrimonio homosexual”. Además, han rechazado que el Gobierno deba indemnizar a la pareja, según informaciones de la cadena de televisión NHK.