El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco emitió un veredicto de culpabilidad la mañana de este martes para Luis Kallfulikan Tranamil, quien fue acusado por el homicidio del cabo de Carabineros Eugenio Naín. Este trágico suceso tuvo lugar en octubre de 2020 en la comuna de Padre Las Casas, a un costado de la Ruta 5 Sur, en la Región de La Araucanía.
De manera unánime, el único imputado de este caso, ha sido declarado culpable de los delitos de coautoría en homicidio consumado contra un funcionario de Carabineros en acto de servicio, homicidio frustrado contra un funcionario de Carabineros en acto de servicio y homicidio simple en calidad de frustrado. Sobre el delito de porte ilegal de arma de fuego fue absuelto por el Tribunal.
Después de conocer el veredicto condenatorio, el fiscal Carlos Bustos anunció que están solicitando una pena de 20 años de presidio mayor en su grado máximo por el homicidio del carabinero Naín, 14 años por el homicidio frustrado de otro efectivo policial, y 7 años de cárcel por el homicidio frustrado simple de un civil.
Durante la audiencia, se señaló que se han establecido indicios que permiten determinar la cronología y los lugares en los que estuvo ubicado Tranamil, lo que posibilitó situarlo en el lugar de los hechos.
¿Qué sucedió?
Los acontecimientos se remontan al 30 de octubre de 2020, durante un operativo para despejar la Ruta 5 Sur, la cual estaba bloqueada con barricadas.
En ese contexto, la patrulla en la que se encontraba desplazándose Naín fue emboscada por un grupo de individuos. Uno de los disparos alcanzó al funcionario de 24 años. Debido a esto, fue trasladado hasta el Hospital Regional de Temuco, donde fue ingresado a la Unidad de Urgencias en riesgo vital y posteriormente falleció.
Es importante destacar que la lectura de sentencia se dará a conocer el martes 19 de diciembre a las 13:00 horas.
Por parte de la defensa han dicho que la prueba no es suficiente, por lo que apelarán el fallo de primera instancia a tribunal superiores. Así lo ha dado a conocer la abogada Karina Riquelme, defensora de Tranamil.
A su juicio, “no sólo su prueba, sino otro peritaje dieron cuenta de que mi representado vive al costado del sitio de suceso, lo que hace que (la triangulación de) las antenas no era una prueba directa para relacionarlo y menos para generar una condena”, según recoge Cooperativa.
“Es un caso gravísimo, no lo hemos negado, pero no significa que sin pruebas a una persona se le condene”, sostuvo.