En Europa, las cosas no pintan bien para Meta. El regulador europeo de Protección de Datos (EDPB) ha decidido prohibir a la compañía de Mark Zuckerberg el uso de anuncios basados en el comportamiento de los usuarios.
En este sentido, el ente dio a la empresa un lapso de máximo dos semanas para poner fin a los anuncios personalizados que muestra tanto en Instagram como Facebook.
¿Qué significa esto para META? Con esta orden, la empresa no podrá recopilar datos para ofrecer publicidad según el comportamiento a los usuarios en dicho territorio.

Aunque la decisión se dio a conocer este miércoles, el plan para detener la maquinaría publicitaria ya estaba en camino desde marzo. De hecho, ya en diciembre de 2022 se dirigieron a Meta para explicarles que no era legal el procesado de datos personales para la publicidad personalizada a cada individuo, según aseguró la EDPB.
En este orden de ideas, Anu Talus, presidente del Consejo, manifestó que aunque se impuso una orden a la empresa de no procesar la publicidad según el comportamiento de los usuarios, META ha hecho caso omiso a esto, no mostrando cambios en todo este tiempo.
“El EDBP consideró necesario ordenar a la DPC de Irlanda que impusiera una prohibición de procesamiento en todo el espacio económico europeo, dirigida a Meta“, dijo.
Asimismo, afirmó: “Ya en diciembre de 2022, las Decisiones Vinculantes del EDBP aclararon que el contrato no es una base jurídica adecuada para el tratamiento de datos personales realizado por Meta para publicidad comportamental. Además, Meta no ha demostrado haber cumplido las órdenes impuestas a finales del año pasado. Ya es hora de que Meta ajuste su procesamiento y detenga el procesamiento ilegal”.
