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¿Qué está pasando con las pensiones de gracia?: Último informe de Contraloría deja en evidencia irregularidades en la asignación del beneficio

Las pensiones de gracia es un beneficio otorgado por el Estado a víctimas del estallido social de 2019.

El escándalo de las pensiones de gracia, otorgadas por el Estado a víctimas del estallido social en 2019, pica y se extiende. Durante la jornada de este jueves, la Contraloría General de la República compartió un nuevo informe en el que se evidencian irregularidades en las asignaciones de este beneficio.

Y es que en el informe final del organismo fiscalizador sobre las polémicas compensaciones, reveló que 58 de 419 beneficiados mantienen antecedentes por delitos como producción de material pornográfico infantil, abuso sexual, homicidio, entre otros.

En este sentido, el documento constata que algunas de las personas que hoy por hoy gozan de las pensiones de gracia, tienen antecedentes penales o sanciones como multas, presidio, reclusión o prisión por la comisión de delitos violentos como los que se mencionan en el párrafo anterior.

Asimismo, explica que 19 expedientes acreditados por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), institución encargada de constatar las lesiones, no presentaban los antecedentes médicos necesarios para el otorgamiento de la pensión.

“O bien, los respaldos correspondían a certificados médicos poco legibles, sin diagnóstico, con antecedentes contradictorios respecto del daño o con una fecha anterior a octubre de 2019”, manifestaron.

En este contexto, no solo se evidenció la irregularidad en el otorgamiento de algunos beneficios. También se corroboró la inexistencia de otras instancias de validación para acreditar o confirmar el informe remitido por el INDH, “siendo esta la única fuente de antecedentes para evaluar los casos, lo cual puede influir en una errónea determinación del daño, con el consiguiente riesgo de que se otorgue una pensión por un monto y/o plazo que no corresponda”.

En relación a los 10 casos objetados, se ordenó verificar la existencia de antecedentes complementarios que respalden los relatos que dieron origen a las acreditaciones de los postulantes. Si no es posible corroborar esta información, se deberán tomar las medidas correspondientes en un lapso de 60 días hábiles.

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